– 30 de marzo de 2020 –


 

El pasado 16 de marzo, SEAT presentaba un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) debido a las dificultados logísticas y productivas provocadas por COVID-19. A continuación, respondemos a las principales dudas alrededor del ERTE.

 

AFECTACIÓN DEL ERTE

1 ¿Quién puede verse afectado por el ERTE? Potencialmente, las 14.812 personas incluidas en la relación que acompañaba la solicitud de aprobación del ERTE a la Administración.

¿Se debe comunicar a las personas su afectación? En caso de ERTE por causa mayor la normativa no lo contempla. No obstante, es conveniente comunicar individualmente a los afectados su inclusión.

¿Hay algún tiempo de preaviso para la afectación o desafectación? No, pero se debe procurar preavisar con la mayor antelación posible.

4 ¿Están afectados los jubilados parciales? No. Tanto los que están en situación activa como los que están en situación inactiva, están excluidos.

¿Están excluidos los mayores de 53 años? No, el Gobierno ha articulado medidas para que no se vean perjudicados en su futura jubilación.

6 ¿Están afectadas las personas con contrato temporal? Sí, pueden estar afectadas hasta la finalización del contrato.

¿Está excluido el personal PDE? No. El PDE puede ser incluido de forma efectiva en el ERTE.

¿Están excluidas las personas que no tienen un año de cotización? No, el Gobierno les reconoce el derecho a desempleo.

¿Se puede afectar o desafectar personas durante el ERTE? Sí, debe ser tenido en cuenta en las listas que proporcionen las jefaturas, si bien se debe procurar mantener una cierta estabilidad de permanencia en el ERTE (semanalmente).

10 ¿Cómo proceder si una persona está afectada por el ERTE y surge la necesidad de que realice alguna actividad? Se debe proceder a su desregularización del ERTE.

11 ¿Se puede trabajar durante la afectación por el ERTE? No, está prohibido. Sería una actuación fraudulenta.

12 ¿Qué pasa con las personas que, de forma preventiva, permanecen en su casa (embarazadas, enfermos de riesgo, habitantes de poblaciones con confinamiento, etc.)? Hasta el inicio del ERTE, se les justifica la ausencia como comisión de servicio. A partir de la entrada en vigor del ERTE, el régimen de actuación será el mismo que con el resto de personas: si trabajan desde casa no estarán incluidos en el ERTE y, si no, se les incluirá.

13 ¿Pueden sustituirse los días de ERTE por bolsa de horas, jornada industrial o vacaciones? No, las medidas de flexibilidad no están contempladas en este caso.

 14 ¿Se puede aplicar el ERTE de SEAT a los empleados de otras empresas del Grupo? No. El ERTE sólo es aplicable al personal de SEAT. El resto de empresas del Grupo deberían, en su caso, aplicar su propio ERTE.

15 ¿Ante la afectación con el ERTE, se debe activar el “fuera de oficina” en el correo? Es conveniente activarlo, debiendo, en su caso, señalar una persona de contacto para asuntos urgentes o inaplazables.

16 ¿Cuánto tiempo puede estar una persona afectada por el ERTE? La afectación por el ERTE se podrá aplicar mientras dure la obligada inactividad provocada por la actual crisis.

17 ¿Se reducen las vacaciones por ser incluido en el ERTE? No. Durante el tiempo de suspensión de contrato se siguen devengando vacaciones.

BAJAS IT Y OTRAS PRESTACIONES

18 ¿Una persona que está de baja IT puede ser incluida en el ERTE? Sí, debe estar en la lista de inclusiones y su pase efectivo será cuando reciba el alta.

19 ¿Una persona que está en el ERTE y recibe baja médica, sale del ERTE? No. Si el primer día de baja coincide con el primer día de afectación del ERTE o dentro del período de afectación, la persona continúa en el ERTE.

20 ¿Una persona que está de baja por maternidad o permiso de paternidad puede ser incluida en el ERTE? No, prevalece la baja o el permiso.

21 ¿Una persona que está en el ERTE y presenta baja por maternidad o solicitud de permiso de paternidad, sale del ERTE? Sí, se interrumpe su afectación por el ERTE. Podría verse de nuevo afectado cuando finalice la baja o permiso.

22 ¿Una persona que tiene permiso por hijo con enfermedad grave puede ser incluida en el ERTE? No, prevalece el permiso.

PRESTACIONES ECONÓMICAS

23 ¿Qué percepción económica tendrá una persona afectada por el ERTE? La persona percibirá la prestación de desempleo más un complemento empresarial. La percepción global no podrá superar el 90% del neto de su salario normal trabajando.

24 ¿Cómo se calcula el complemento? 80% x ((Sueldo + Complemento Previsión) x 14/12).

PRESTACIONES ECONÓMICAS

25 ¿Las personas afectadas por el ERTE podrán realizar formación? Sí, la empresa ha previsto programas formativos para cada colectivo. La inscripción se realiza a través del portal YES. En la noticia de la app mundoSEAT del día 23 de marzo se amplía la información.

26 ¿Las personas que realicen la formación, percibirán mayor complemento económico? Sí, las personas que realicen la formación percibirán el 100% de su retribución ordinaria.

En el portal YeS se irán incluyendo nuevas preguntas y respuestas. Si te quedan dudas, escribe a HROC_Staff@seat.es o a HROC_ECO@seat.es.

Formación
Siguiente post